Promociones y Reglamentos

REGLAMENTO
“Dinámica MOTOBER FEST 2024 – MOTOCICLETA KAWASAKI KLX 150 2024”

El presente reglamento regulará todos los aspectos relacionados con la dinámica promocional
denominada “Dinámica MOTOBER FEST 2024 – MOTOCICLETA KAWASAKI KLX 150 2024”,
auspiciada, organizada y patrocinada por TELECABLE S.A., con cédula jurídica número 3-101-336262
y OTOBAI MOTORS SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número 3-101-720752.


I. DEFINICIONES
ORGANIZADORES: TELECABLE, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número 3-101-336262 y
OTOBAI MOTORS, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número 3-101-720752.
PARTICIPANTE(S): Toda persona física mayor de dieciocho (18) años, nacional o extranjero
residente en la República de Costa Rica, que cuente con un documento de identificación válido y
vigente, que haya sido participante del evento MOTOBER FEST 2024, que será celebrada el
diecinueve (19) de octubre del 2024, en la Agencia Red Motors en la Uruca.
PLAZO: El diecinueve (19) de octubre con el inicio de MOTOBER FEST 2024, hasta el final del evento.
PREMIO: La PROMOCIÓN obsequiará a un (1) ganador una (1) motocicleta, marca Kawasaki KLX 150
2024, cero (0) Km, libre de gravámenes, anotaciones, infracciones y al día en el pago del derecho de
circulación 2024.
PROMOCIÓN: La presente promoción, según las regulaciones aquí establecidas.

II. DESCRIPCIÓN GENERAL:
La PROMOCIÓN, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven,
son propiedad exclusiva de los ORGANIZADORES. Toda persona que desee participar en la
PROMOCIÓN o reclamar algún PREMIO, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el
reclamo, la aceptación y el recibo del PREMIO, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer
los términos, las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y
responsabilidades en cuanto al PREMIO y la PROMOCIÓN. Por lo anterior y para todos los efectos
legales, los ORGANIZADORES entenderán que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese
conocimiento se verificará por el hecho de participar o reclamar el PREMIO, en cuyo caso, los
ORGANIZADORES podrán exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha
declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento.
Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, los
ORGANIZADORES no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de
entregar un PREMIO. A los efectos aquí previstos, el reglamento estará disponible en la página web
www.telecablecr.com

III. FORMA DE PARTICIPAR
:
Durante el PLAZO, los PARTICIPANTES deberán:
Interactuar con la dinámica que será ejecutada en el stand de Telecable que estará presente en el
MOTOBER FEST 2024, es decir:

  1. Escanear un QR que se encuentra en el stand de Telecable.
  2. Completar el formulario de recolección de datos que se accede a través del código QR,
    con información veraz y exacta, que garantice que los datos que aporten son suficientes
    para ser identificados y localizados.
  3. Aceptar ser parte de una base de datos nueva para el departamento de ventas
    Telecable, que consiste en una lista de personas interesadas en recibir información
    tanto de los servicios de residencial como de empresarial.

 

IV. REQUISITOS:
Para participar en la promoción, los Participantes deberán necesariamente cumplir con los
siguientes requisitos:

  1. Ser persona mayor de edad y que tener su documento de identidad al día.
  2. Contar con capacidad legal para contraer obligaciones y que residan en Costa Rica.
  3. Haber sido participante de MOTOBER FEST 2024, que será celebrado el diecinueve (19) de
    octubre del 2024, en la Agencia Red Motors en la Uruca.
  4. No ser persona jurídica, empleada, ejecutiva o funcionaria de los ORGANIZADORES; o bien
    empleada, ejecutivo o funcionaria de las agencias de publicidad y demás proveedores
    involucrados en esta PROMOCION; ni pariente hasta primer grado, por afinidad o
    consanguinidad, de todos los anteriores.
  5. Brindar información cierta y fidedigna a los representantes de los ORGANIZADORES.
  6. Cumplir con cualquier otro requisito que indique este Reglamento.

El Ganador además deberá:

  1. Presentar el original de su documento de identidad vigente y válidamente emitido o
    aceptado por el Gobierno de Costa Rica.
  2. Cumplir con las leyes de Costa Rica y con las instrucciones que reciba de parte de los
    organizadores para el traspaso legal del premio ante el Registro Nacional de la Propiedad.
  3. Firmar un documento en el cual autorizan irrevocablemente al ORGANIZADOR a utilizar su
    imagen y nombre, sin remuneración alguna y exonerándolo de cualquier reclamo
    relacionado con derechos de imagen, para efectos de divulgar mediante los medios
    publicitarios escogidos por los ORGANIZADORES, los resultados de esta PROMOCION.
  4. Permitir que se le tomen fotografías y/o se grabe un video recibiendo el PREMIO respectivo,
    sin ningún tipo de remuneración y exonerando al ORGANIZADOR de cualquier reclamo
    relacionado con derechos de imagen.
  5. Firmar un documento de recibo conforme del PREMIO.

 

VI. SOBRE EL SORTEO:
El sorteo será efectuado el día lunes veintiuno (21) de octubre. El sorteo es aleatorio y se realizará
por medio de la plataforma tecnológica que defina los ORGANIZADORES con todos los participantes
que hayan cumplido con la dinámica en el plazo de participación, en igualdad de condiciones.

Los ORGANIZADORES podrán contar con la presencia de un Notario Público en caso de que
considere que se debe dar fe del cumplimiento de dichas condiciones.
En el sorteo se escogerá, de la misma forma en que se escoja a un (1) favorecido, a dos(2) suplentes,
en caso de que los favorecidos no pudieran ser localizados o no cumplieran con los requisitos aquí
establecidos. Los suplentes deben cumplir con las mismas obligaciones del anterior favorecido (a
quien suplen), según fueron indicadas en este reglamento.

VII. SOBRE LA RECLAMACIÓN DEL PREMIO

  1. El favorecido en el sorteo, será contactado por los ORGANIZADORES el veintidós (22) de
    octubre, a los medios indicados al completar el formulario, para notificarle que ha sido
    seleccionado y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarado Ganador.
    Una vez se hayan verificado los requisitos se deberá indicar su nombre completo y número
    de identificación.
  2. Si pasados cuarenta y ocho (48) horas de la realización de la notificación, el favorecido no
    contesta y/o no escribe la información solicitada, o si por cualquier otra razón, no cumple
    con los requisitos reglamentarios para recibir el PREMIO, se procederá a contactar al primer
    suplente, quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidades que el favorecido no
    declarado Ganador.
  3. Si pasados cuarenta y ocho (48) horas de la realización de la notificación el primer suplente
    no contesta y/o no escribe la información solicitada, o si por cualquier otra razón, no
    cumplen con los requisitos reglamentarios para recibir el PREMIO, se procederá a contactar
    al segundo suplente, quien asumirá las mismas obligaciones y responsabilidades que el
    favorecido y el primer suplente no declarados Ganadores.
  4. El favorecido o suplente, según corresponda, será declarado GANADOR en el momento que
    se verifique a satisfacción de los ORGANIZADORES, su identidad, su participación en la
    DINAMICA y los datos provistos, siempre y cuando, acepten el PREMIO con todas sus
    condiciones y limitaciones, indicadas en este reglamento. Adicionalmente se le podrá
    solicitar que firme el documento de aceptación del PREMIO y exoneración de
    responsabilidad a favor de los ORGANIZADORES.
  5. En cuanto a la entrega del PREMIO El Ganador deberá retirarlo en la Agencia de Kawasaki
    ubicada en San José, La Uruca, cuatrocientos metros al oeste de la plaza de deportes,
    diagonal a la nueva rotonda de Circunvalación Norte; el día que le indique el organizador
    OTOBAI MOTORS CR, S.A para la firma de la escritura de traspaso del vehículo. La entrega y
    firma de la escritura de traspaso realizará únicamente en el horario indicado por el
    organizador OTOBAI MOTORS CR, S.A., en caso de no poder asistir a la citación deberá
    justificar debidamente en el plazo de veinticuatro (24) horas.
  6. El traspaso legal del premio ante el Registro Nacional de la Propiedad será asumido y
    costeado por el organizador OTOBAI MOTORS CR, S.A, quien mantendrá informado al
    Ganador del avance del trámite.
  7. El Ganador pierden su respectivo PREMIO si no es localizado, o no cumple con los requisitos
    y condiciones estipulados en el presente reglamento, o simplemente no aceptan el PREMIO
    y/o se niegan a firmar el documento de aceptación de este. Lo mismo en ocurre en caso de
    que se niegue a firmar la escritura de traspaso. Este PREMIO se considerará renunciado y
    extinguido en relación al favorecido, y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización
    alguna, ni siquiera parcialmente.
  8. Si un PREMIO no fuese reclamado o no fuese retirado o simplemente fuese rechazado o no
    pudiese ser tomado por el favorecido por las razones que sean, los ORGANIZADORES
    dispondrá del mismo en la forma que más le parezca.

 

VIII. EXCEPCIONES:
El PREMIO no podrá ser transferido, ni es negociable, ni puede ser comercializado de ninguna forma
antes de la firma e inscripción de la escritura de traspaso ante el Registro Público de la Propiedad.
Adicionalmente los ORGANIZADORES se reserva el derecho irrestricto de no entregar el PREMIO o
bien de suspender definitivamente –en cualquier tiempo– la PROMOCIÓN, sin ninguna
responsabilidad, en los siguientes casos:

  1. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, los ORGANIZADORES se reserva el derecho de
    cambiar la naturaleza y/o las características del PREMIO, previo aviso por medio de la página
    web www.telecablecr.com.
  2. Si El Ganador no cumple estrictamente con todas sus obligaciones según este reglamento;
  3. Si El Ganador , por causa directa o indirecta, cometiera cualquier tipo de acción que dañara
    la reputación de los ORGANIZADORES sus representantes o agentes, sus marcas o bien sus
    relaciones públicas en el mercado;
  4. Si El Ganador no reclama el PREMIO dentro del plazo oportuno indicado en este reglamento;
  5. Si El Ganador , por cualquier motivo no acepta el PREMIO, caso en el cual éste se
    considerará, para todos los efectos legales, como renunciado, pudiendo los
    ORGANIZADORES disponer del PREMIO en la manera en que estime conveniente; y/o
  6. Si los ORGANIZADORES por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó
    favorecida para informar el resultado o coordinar la entrega del PREMIO, ello no generará
    responsabilidad de ningún tipo para los ORGANIZADORES y, el interesado perderá el
    derecho a reclamo o indemnización alguna posterior a la dinámica.

Los ORGANIZADORES se reserva el derecho de variar las fechas previstas para la dinámica, o el
disfrute del PREMIO en caso de que las circunstancias así lo requieran, ante cualquier imprevisto o
problema que se pudiera presentar, sea éste o no directamente atribuible al ORGANIZADOR.
Asimismo, los ORGANIZADORES se reserva el derecho de modificar unilateralmente este reglamento
en cualquier momento durante el plazo de la promoción para introducir todas aquellas
modificaciones necesarias para la buena marcha de la PROMOCIÓN. Esta circunstancia se
comunicará y publicitará en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la
vigencia de la regulación tácita o expresamente modificada cesará, y, la reforma al reglamento
quedará vigente. Quienes hayan participado antes de la mencionada reforma, seguirán como
PARTICIPANTES aún después de reformado el reglamento de la PROMOCIÓN, siendo de su entera
responsabilidad el conocimiento y entendimiento de la reforma del presente reglamento y
PROMOCIÓN.

IX. RESPONSABILIDAD
El Ganador deberá cumplir con las leyes de Costa Rica y con las instrucciones que reciba de parte
de los ORGANIZADORES. Por ningún motivo El Ganador podrá pedir el reconocimiento del costo
del premio en efectivo.
La responsabilidad de los ORGANIZADORES se limita únicamente a entregar el PREMIO a la persona
que se identifique como GANADOR. Los ORGANIZADORES no serán responsables bajo ningún
concepto por lo siguiente:

  1. Por el uso y disposición que haga El Ganador del PREMIO.
  2. En general, por todo lo que sea distinto a la entrega del PREMIO.

En cualquier caso, en cuanto a responsabilidades y restricciones aplicarán las siguientes
regulaciones:

  1. En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase igual o parecida a “APLICAN
    RESTRICCIONES” o “VER REGLAMENTO EN”: la página web www.telecablecr.com”, en señal
    de que la participación de los interesados, así como la propia PROMOCIÓN y el PREMIO
    están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones, limitaciones y restricciones
    son las que se indican en este reglamento.
  2. La presente promoción se rige por este Reglamento, y, en forma supletoria y
    complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional.
  3. Los ORGANIZADORES se reserva el derecho de determinar de acuerdo a sus intereses, así
    como de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla
    con los artículos del presente Reglamento.
  4. Las pruebas que sustenten actos indebidos o incumplimientos serán las que de acuerdo a
    los principios y leyes, sean las más comunes y/o permitidas por la legislación costarricense.
  5. Cualquier asunto que se presente con la PROMOCIÓN y que no esté previsto en el presente
    reglamento, será resuelto por los ORGANIZADORES, en estricto apego a la legislación
    indicada.
  6. Los ORGANIZADORES se compromete a entregar únicamente la cantidad máxima de
    PREMIOS que ha indicado en la definición de “PREMIO” de este documento.
  7. Los ORGANIZADORES no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido para el
    retiro y disfrute del PREMIO. De la misma forma, el premio no incluye otros gastos
    personales, accesorios, elementos de seguridad, aseguramiento, ni tampoco cualquier otro
    rubro que no esté expresamente incluido en este reglamento.
  8. El Ganador deberá firmar conforme el recibo y la escritura de traspaso del PREMIO que le
    corresponda, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el PREMIO represente y
    de tal forma liberará al ORGANIZADOR de toda responsabilidad. En el evento injustificado
    de haber aceptado el PREMIO, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo, El
    Ganador perderá su derecho al PREMIO. De esta circunstancia se podrá levantar un acta
    notarial.
  9. En caso de que la persona no se adhiera o no demuestra su voluntad de aceptar estas
    condiciones, los ORGANIZADORES no asumirá ningún tipo de responsabilidad,
    exonerándose de la obligación de permitir la participación y la de entregar un PREMIO.
  10. La responsabilidad de los ORGANIZADORES culmina con la entrega del PREMIO, no se
    responsabiliza por accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que pueda
    incurrir El Ganador por el uso y disfrute del PREMIO, ya sea en la persona favorecida, sus
    familiares o terceros.
  11. El Ganador releva de toda responsabilidad al ORGANIZADOR de cualquier daño que sobre
    las personas o las cosas, se pudiesen ocasionar por el uso de un PREMIO, ya sea por su uso
    o el de terceras personas.
  12. Los posibles conflictos se deberán resolver ante la jurisdicción ordinaria.
  13. Los derechos al PREMIO en no son transferibles, ni negociables, ni pueden ser comerciados
    o canjeados de ninguna forma, antes de la firma e inscripción de la escritura de traspaso
    ante el Registro Público de la Propiedad. El PREMIO será entregado únicamente al
    favorecido de esta PROMOCIÓN.
  14. Los ORGANIZADORES suspenderán en forma inmediata la PROMOCIÓN, sin asumir
    responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que
    afecten o puedan afectar gravemente los intereses del PATROCINADOR o de la
    PROMOCIÓN.
  15. Igualmente, los ORGANIZADORES podrán tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que
    personas se valgan y aprovechen de la PROMOCIÓN, en perjuicio del resto de los
    PARTICIPANTES.
  16. En caso de participaciones en perjuicio de la PROMOCIÓN, los ORGANIZADORES se reserva
    el derecho de establecer todo tipo de acciones civiles y penales que se deriven de
    actuaciones.
  17. En caso de entrega fraudulenta del PREMIO, incluso entregado por error; la persona que lo
    haya recibido deberá devolverlo en perfecto estado. Los ORGANIZADORES se reservan el
    derecho de establecer todo tipo de acción para reclamar su devolución o reintegro,
    independientemente de las acciones civiles y penales que se deriven.
  18. Los ORGANIZADORES podrán introducir todas las medidas de seguridad que considere
    convenientes para el buen desarrollo de la PROMOCIÓN, y suspenderá en forma inmediata
    esta PROMOCIÓN sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar
    defraudaciones o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una circunstancia de fuerza
    mayor caso fortuito o hecho de un tercero que afecte gravemente los intereses de los
    ORGANIZADORES. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual
    la PROMOCIÓN cesará.
  19. Los ORGANIZADORES no se hará responsable por los gastos adicionales en que incurra Los
    Ganadores, ni por los problemas que pudiese tener ésta durante el disfrute del PREMIO. La
    responsabilidad de los ORGANIZADORES culmina con la entrega del PREMIO, por lo que no
    será responsable de robos, accidentes, fallecimientos, daños personales o de terceros,
    enfermedades o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute del PREMIO.
    El Ganador deberá firmar conforme el recibo de su PREMIO, aceptando todas las
    limitaciones y condiciones que el PREMIO represente y de tal forma liberará al
    ORGANIZADOR de toda responsabilidad.

Para más información o consultas sobre este Reglamento, los PARTICIPANTES podrán consultarlo
directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo servicioalcliente@telecablecr.com.

REGLAMENTO

“Dinámica FERCOM – Tablet LENOVO”

El presente reglamento regulará todos los aspectos relacionados con la dinámica promocional denominada “Dinámica FERCOM – Tablet LENOVO”, auspiciada, organizada y patrocinada por TELECABLE S.A., con cédula jurídica número 3-101-336262.

I. DEFINICIONES

ORGANIZADOR: TELECABLE S.A., con cédula jurídica número 3-101-336262.

PARTICIPANTE(S): Toda persona física mayor de dieciocho (18) años, nacional o extranjero residente en la República de Costa Rica, que cuente con un documento de identificación válido y vigente, que haya sido participante de la feria de comercio “FERCOM”, que será celebrada el veintiocho (28) y veintinueve (29) de setiembre, en el Centro de Eventos Pedregal.

PLAZO: El veintiocho (28) de setiembre con el inicio de la feria de comercio “FERCOM”, hasta el veintinueve (29) de setiembre con la finalización de la misma.

PREMIOS: La PROMOCIÓN obsequiará a un (1) ganador una (1) Tablet marca Lenovo, con las siguientes características: modelo Tab M11 11in, capacidad 8GB 128GB, sistema Android 13, que incluye Folio Case + Pen xcrd.

PROMOCIÓN: La presente promoción, según las regulaciones aquí establecidas.

II. DESCRIPCIÓN GENERAL:

La PROMOCIÓN, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven, son propiedad exclusiva del ORGANIZADOR. Toda persona que desee participar en la PROMOCIÓN o reclamar algún PREMIO, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo del PREMIO, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer los términos, las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al PREMIO y la PROMOCIÓN. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el ORGANIZADOR entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el hecho de participar o reclamar el PREMIO, en cuyo caso, el ORGANIZADOR podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el ORGANIZADOR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar un PREMIO. A los efectos aquí previstos, el reglamento estará disponible en la página web www.telecablecr.com

III. FORMA DE PARTICIPAR: 

Durante el PLAZO, los PARTICIPANTES deberán:

Interactuar con la dinámica que será ejecutada en el stand de Telecable que estará presente en la la feria de comercio “FERCOM”, es decir: Completar el formulario de recolección de datos, y iii. Aceptar ser parte de una base de datos nueva para el departamento de ventas Telecable.

IV. REQUISITOS:

Para participar en la promoción, los Participantes deberán necesariamente cumplir con los siguientes requisitos:

a. Ser persona mayor de edad y que tener su documento de identidad al día.

b. Haber sido participante de la feria de comercio “FERCOM”, que será celebrada el veintiocho (28) y veintinueve (29) de setiembre, en el Centro de Eventos Pedregal.

c. No ser persona jurídica, empleada, ejecutiva o funcionaria del ORGANIZADOR; o bien empleada, ejecutivo o funcionaria de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta PROMOCION; ni pariente hasta primer grado, por afinidad o consanguinidad, de todos los anteriores.

d. No ser clientes del Programa de Hogares Conectados de FONATEL- Telecable.

e. Brindar información cierta y fidedigna a los representantes del ORGANIZADOR.

f. Cumplir con cualquier otro requisito que indique este Reglamento.

El GANADOR además deberá:

a. Presentar el original de su documento de identidad vigente y válidamente emitido o aceptado por el Gobierno de Costa Rica.

b. Firmar un documento en el cual autorizan irrevocablemente al ORGANIZADOR a utilizar su imagen y nombre, sin remuneración alguna y exonerándolo de cualquier reclamo relacionado con derechos de imagen, para efectos de divulgar mediante los medios publicitarios escogidos por el ORGANIZADOR, los resultados de esta PROMOCION.

c. Permitir que se le tomen fotografías y/o se grabe un video recibiendo el PREMIO respectivo, sin ningún tipo de remuneración y exonerando al ORGANIZADOR de cualquier reclamo relacionado con derechos de imagen.

d. Firmar un documento de recibo conforme del PREMIO.

VI. SOBRE EL SORTEO:

El sorteo será efectuado el día lunes cuatro (4) de octubre. El sorteo es aleatorio y se realizará por medio de la plataforma tecnológica que defina el ORGANIZADOR con todos los participantes que hayan cumplido con la dinámica en el plazo de participación, en igualdad de condiciones.

El ORGANIZADOR podrá contar con la presencia de un Notario Público en caso de que considere que se debe dar fe del cumplimiento de dichas condiciones.

En el sorteo se escogerá, de la misma forma en que se escoja a un (1) favorecido, a dos(2) suplentes, en caso de que los favorecidos no pudieran ser localizados o no cumplieran con los requisitos aquí establecidos. Los suplentes deben cumplir con las mismas obligaciones del anterior favorecido (a quien suplen), según fueron indicadas en este reglamento.

VII. SOBRE LA RECLAMACIÓN DEL PREMIO

a. El favorecido en el sorteo, será contactado por el ORGANIZADOR durante los siguientes dos (2) días, a los medios indicados al completar el formulario, para notificarle que han sido seleccionado y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarado Ganador. Una vez se hayan verificado los requisitos se deberá indicar su nombre completo y número de identificación.

b. Si pasados veinticuatro (24) horas de la realización de la notificación, el favorecido no contesta y/o no escriben la información solicitada, o si por cualquier otra razón, no cumplen con los requisitos reglamentarios para recibir el PREMIO, se procederá a contactar a los suplentes, quienes asumirá las mismas obligaciones y responsabilidades que los favorecidos no declarados Ganadores.

c. En cuanto a la entrega del PREMIO el Ganador deberá retirarlo en las Oficinas de Telecable en San José, frente a la esquina noreste del Parque Metropolitano La Sabana, Edificio Telecable, en los quince (15) días hábiles posteriores a la notificación. La entrega se realizará en horario de oficina de las ocho a las dieciséis horas .

d. El favorecido será declarados GANADOR en el momento que se verifique a satisfacción del ORGANIZADOR, su identidad, su participación en la PROMOCIÓN y los datos provistos, siempre y cuando, acepten el PREMIO con todas sus condiciones y limitaciones, indicadas en este reglamento. Adicionalmente se le podrá solicitar que firme el documento de aceptación del PREMIO y exoneración de responsabilidad a favor del ORGANIZADOR.

e. El favorecido pierden su respectivo PREMIO si no es localizada, o no cumple con los requisitos y condiciones estipulados en el presente reglamento, o simplemente no aceptan los PREMIOS y/o se niegan a firmar el documento de aceptación de este. Este PREMIO se considerará renunciado y extinguido en relación al favorecido, y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

f. Si un PREMIO no fuese reclamado o no fuese retirado o simplemente fuese rechazado o no pudiese ser tomado por el favorecido por las razones que sean, el ORGANIZADOR dispondrá del mismo en la forma que más le parezca.

VIII. EXCEPCIONES:

El PREMIO no podrá ser transferido, ni es negociable ni puede ser comercializado de ninguna forma. Adicionalmente el ORGANIZADOR se reserva el derecho irrestricto de no entregar el PREMIO o bien de suspender definitivamente –en cualquier tiempo– la PROMOCIÓN, sin ninguna responsabilidad, en los siguientes casos:

a. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de cambiar la naturaleza y/o las características del PREMIO, previo aviso por medio de la página web www.telecablecr.com.

b. Si el Ganador no cumple estrictamente con todas sus obligaciones según este reglamento;

c. Si el Ganador, por causa directa o indirecta, cometiera cualquier tipo de acción que dañara la reputación del ORGANIZADOR sus representantes o agentes, sus marcas o bien sus relaciones públicas en el mercado;

d. Si el Ganador no reclama el PREMIO dentro del plazo oportuno indicado en este reglamento;

e. Si el Ganador, por cualquier motivo no acepta el PREMIO, caso en el cual éste se considerará, para todos los efectos legales, como renunciado, pudiendo el ORGANIZADOR disponer del PREMIO en la manera en que estime conveniente; y/o

f. Si el ORGANIZADOR por algún motivo no puede localizar a una persona que resultó favorecida para informar el resultado o coordinar la entrega del PREMIO, ello no generará responsabilidad de ningún tipo para el ORGANIZADOR y, el interesado perderá el derecho a reclamo o indemnización alguna posterior a la dinámica.

El ORGANIZADOR se reserva el derecho de variar las fechas previstas para la dinámica, o el disfrute del PREMIO en caso de que las circunstancias así lo requieran, ante cualquier imprevisto o problema que se pudiera presentar, sea éste o no directamente atribuible al ORGANIZADOR. Asimismo, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar unilateralmente este reglamento en cualquier momento durante el plazo de la promoción para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la PROMOCIÓN. Esta circunstancia se comunicará y publicitará en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la vigencia de la regulación tácita o expresamente modificada cesará, y, la reforma al reglamento quedará vigente. Quienes hayan participado antes de la mencionada reforma, seguirán como PARTICIPANTES aún después de reformado el reglamento de la PROMOCIÓN, siendo de su entera responsabilidad el conocimiento y entendimiento de la reforma del presente reglamento y PROMOCIÓN.

IX. RESPONSABILIDAD

La responsabilidad del ORGANIZADOR se limita únicamente a entregar el PREMIO a la persona que se identifique como GANADOR. El ORGANIZADOR no será responsable bajo ningún concepto por lo siguiente:

• Por el uso y disposición que haga El Ganador del PREMIO.

• En general, por todo lo que sea distinto a la entrega del PREMIO

En cualquier caso, en cuanto a responsabilidades y restricciones aplicarán las siguientes regulaciones:

a. En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase igual o parecida a “APLICAN RESTRICCIONES” o “VER REGLAMENTO EN: Facebook y la página web www.telecablecr.com”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia PROMOCIÓN y el PREMIO están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones, limitaciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.

b. La presente promoción se rige por este Reglamento, y, en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional.

c. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de determinar de acuerdo a sus intereses, así como de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos del presente Reglamento.

d. Las pruebas que sustenten actos indebidos o incumplimientos serán las que de acuerdo a los principios y leyes, sean las más comunes y/o permitidas por la legislación costarricense.

e. Cualquier asunto que se presente con la PROMOCIÓN y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el ORGANIZADOR, en estricto apego a la legislación indicada.

f. El ORGANIZADOR se compromete a entregar únicamente la cantidad máxima de PREMIOS que ha indicado en la definición de “PREMIOS” de este documento.

g. El ORGANIZADOR no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido para el retiro y disfrute del PREMIO.

h. Los Ganadores deberá firmar conforme el recibo del PREMIO que le corresponda, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el PREMIO represente y de tal forma liberará al ORGANIZADOR de toda responsabilidad. En el evento injustificado de haber aceptado el PREMIO, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo, Los Ganadores perderá su derecho al PREMIO. De esta circunstancia se podrá levantar un acta notarial.

i. En caso de que la persona no se adhiera o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el ORGANIZADOR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la de entregar un PREMIO.

j. La responsabilidad del ORGANIZADOR culmina con la entrega del PREMIO, no se responsabiliza por accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que pueda incurrir Los Ganadores por el uso y disfrute del PREMIO, ya sea en la persona favorecida, sus familiares o terceros.

k. Los Ganadores releva de toda responsabilidad al ORGANIZADOR de cualquier daño que sobre las personas o las cosas, se pudiesen ocasionar por el uso de un PREMIO, ya sea por su uso o el de terceras personas.

l. Los posibles conflictos se deberán resolver ante la jurisdicción ordinaria.

m. Los derechos al PREMIO en no son transferibles, ni negociables, ni pueden ser comerciados o canjeados de ninguna forma. El PREMIO será entregado únicamente a el favorecido de esta PROMOCIÓN.

n. El ORGANIZADOR suspenderá en forma inmediata la PROMOCIÓN, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses del PATROCINADOR o de la PROMOCIÓN.

o. Igualmente, el ORGANIZADOR podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de la PROMOCIÓN, en perjuicio del resto de los PARTICIPANTES.

p. En caso de participaciones en perjuicio de la PROMOCIÓN, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de establecer todo tipo de acciones civiles y penales que se deriven de actuaciones.

q. En caso de entrega fraudulenta del PREMIO, incluso entregado por error; la persona que lo haya recibido deberá devolverlo en perfecto estado. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de establecer todo tipo de acción para reclamar su devolución o reintegro, independientemente de las acciones civiles y penales que se deriven.

r. El ORGANIZADOR podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la PROMOCIÓN, y suspenderá en forma inmediata esta PROMOCIÓN sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor caso fortuito o hecho de un tercero que afecte gravemente los intereses del ORGANIZADOR. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la PROMOCIÓN cesará.

s. El ORGANIZADOR no se hará responsable por los gastos adicionales en que incurra Los Ganadores, ni por los problemas que pudiese tener ésta durante el disfrute del PREMIO. La responsabilidad del ORGANIZADOR culmina con la entrega de los PREMIOS, por lo que no será responsable de robos, accidentes, fallecimientos, daños personales o de terceros, enfermedades o gastos médicos en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute del PREMIO. Los Ganadores deberá firmar conforme el recibo de su PREMIO, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el PREMIO represente y de tal forma liberará al ORGANIZADOR de toda responsabilidad.

Para más información o consultas sobre este Reglamento, los PARTICIPANTES podrán consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo servicioalcliente@telecablecr.com.

Este Reglamento tiene como objetivo establecer los términos y condiciones de la Promoción

denominada “TELECABLE EMPRESARIAL +PYMES” que realizará la Unidad de Negocios de

Servicios Empresariales de Telecable, S.A. (en adelante “Organizador” o “Telecable”

indistintamente).

La Promoción se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan y se adhieren en su totalidad al Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Organizador en los términos establecidos en el presente Reglamento. Los Participantes aceptan someterse a las decisiones del Organizador con respecto a cualquier asunto relacionado con la Promoción que no estuviere expresamente regulada en el presente Reglamento.

El otorgamiento del Beneficio estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho discrecional de descalificar a cualquier Participante y/o exigir la devolución del Beneficio otorgado y/o abstenerse de entregar el Beneficio a aquel Participante que incumpla los términos y condiciones aquí establecidos.

A. GENERALIDADES

Cláusula uno: El Organizador del presente sorteo es la empresa Telecable, S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-336262. El Organizador es el único responsable de la Promoción ante cualquier Participante. Para cualquier aspecto relacionado con la presente Promoción  los  Participantes  deberán  comunicarse  al  correo  electrónico

empresarial@telecablecr.com.

Cláusula dos: Para los efectos de la Promoción y este documento, el término “Reglamento”

se refiere al presente documento.

Cláusula tres: Participantes y/o Beneficiarios. En esta Promoción podrán participar personas físicas mayores de edad y jurídicas, nacionales y residentes de la República de Costa Rica, que se encuentren constituidos bajo el régimen de PYMES y hayan participado en el Webinar organizado por Telecable el 18 de abril del 2024.

Podrán ser Participantes:

  1. Los clientes nuevos (que no cuenten con servicios de Telecable Empresarial) que contraten durante la vigencia de la Promoción el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento.
  2. Los clientes actuales (que no cuenten con una orden de desconexión de alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios contratados o por solicitud propia) que contraten, durante la vigencia de la Promoción, de forma adicional el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento.

Por tanto, los Participantes para poder optar por el Beneficio, deberán cumplir cabalmente con todos los requisitos establecidos en los términos y condiciones establecidos en este Reglamento.

Los Participantes deberán brindar información veraz y exacta, así como garantizar que los datos que aportan al Organizador son veraces y suficientes para ser localizados. Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al Participante, así como cualquier información falsa brindada, implicará la descalificación del Participante.

Cualquier disputa entre el Participante con cualquier tercero en cuanto a la titularidad del

Beneficio será un asunto ajeno al Organizador, independientemente del origen o causa. El Organizador se limitará a entregar el Beneficio al Participante ganador cuyos datos hayan sido proveídos al Organizador.

Todos los clientes del Organizador que tengan interés en participar en la Promoción deberán tener pleno conocimiento de este Reglamento, ya que en el mismo se estipulan las obligaciones, condiciones, forma, limitaciones y responsabilidades en cuanto al proceso, participación, notificación y retiro del Beneficio.

Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los ganadores leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente Reglamento, y que, al momento de obtener el Beneficio, el Organizador podrá respaldar la entrega del Beneficio(s), mediante un documento el cual deberá ser firmado por el Participante ganador donde a su vez se estipule que el ganador acepta las cláusulas del presente Reglamento, liberando al Organizador de toda responsabilidad. Si algún ganador no acepta firmar el documento anteriormente mencionado, el Organizador estará en todo su derecho de no entregar el Beneficio y el Organizador no asumirá ningún tipo de responsabilidad.

No podrán participar y no se considerarán Participantes, las siguientes personas:

  1. Personas Jurídicas, Empleados, Ejecutivos y funcionarios del Organizador.
  2. Empleados, Ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción.
  3. Los parientes hasta primer grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

Cláusula cuatro: Vigencia. Esta Promoción es por tiempo limitado iniciando el dieciocho (18) de abril y finalizando el dos (2) de mayo de 2024. La vigencia de la Promoción será publicada con la indicación *Promoción por tiempo limitado.

B. DINAMICA PROMOCIONAL

Cláusula cinco: La mecánica correspondiente al presente Reglamento consiste en cumplir con las condiciones de participación definidas en las cláusulas tercera y cuarta, además de:

  1. Contratar en calidad de cliente nuevo el servicio enlace de internet de 100 MB o 200 MB de Telecable, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.
  2. Contratar en calidad de cliente actual el servicio adicional enlace de internet de 100 MB o 200 MB de Telecable, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.

En cualquiera de los casos arriba referidos, el Participante deberá:

  1. Obtener un resultado favorable en el estudio de factibilidad para el servicio deseado.
  2. Gestionar el pago y cancelar la primera mensualidad.
    1. BENEFICIO

Cláusula seis: Los Participantes que cumplan con los requisitos de la presente Promoción descritos en el apartado anterior obtendrán de forma automática uno de los dos siguientes Beneficios, según su elección:

      1. Internet de 100 MB FTTH (Fibra Óptica) con un precio especial de $47.85, más el monto correspondiente al impuesto de valor agregado, para una suma total de

$55.00.

      1. Internet de 300 MB FTTH (Fibra Óptica) con un precio especial de $65.25, más el monto correspondiente al impuesto de valor agregado, para una suma total de

$75.00.

Ambos Beneficios son aplicables únicamente en la primera, segunda y tercera mensualidad de pago de los servicios contratados. De manera tal que durante las tres primeras

mensualidades no pagará el precio regular. Al finalizar el plazo de los tres (3) meses, se retomará de forma automática la facturación regular del costo del/los servicio(s) contratado(s), indicados a continuación:

  1. Precio regular del Servicio de Internet de 100 MB FTTH (Fibra Óptica): $59.16, más el monto correspondiente al impuesto de valor agregado, para una suma total de

$68.00.

  1. Precio regular del Internet de 300 MB FTTH (Fibra Óptica): $82.65, más el monto correspondiente al impuesto de valor agregado, para una suma total de $95.00.

Si el Participante no desea contar con dicho Beneficio deberá́ gestionar y solicitar la cancelación del servicio contratado llamando al centro de atención al número telefónico 4080-4080. En virtud de lo anterior, si el Participante desea dar de baja alguno de los servicios contratados antes del cumplimiento de los tres (3) meses, podrá gestionarlo, sin embargo, perderá automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Cláusula siete: La Promoción no tiene costo adicional para los Participantes, sin embargo, el Participante deberá asumir los costos asociados con la mecánica promocional tales como, pero sin limitarse acceso a internet, costo de llamadas telefónicas, así como traslados y transporte.

Cláusula ocho: Este Reglamento está disponible al público en la página web www.telecablecr.com. Cualquier evento que trascienda de la mecánica descrita en la cláusula quinta y no esté amparado bajo el presente Reglamento, será resuelto por el Organizador, bajo las leyes de la República de Costa Rica.

Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los ganadores leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente Reglamento, y que,

al momento de recibir el Beneficio, el Organizador podrá respaldar la entrega del Beneficio(s), mediante un documento el cual deberá ser firmado por el Participante ganador donde a su vez se estipule que el ganador acepta las cláusulas del presente Reglamento, liberando al Organizador de toda responsabilidad.

Si se demuestra que una persona recibió el Beneficio por medio de engaño, dolo, negligencia o evento fraudulento similar, el Organizador se reserva el derecho de no entregar el Beneficio y se reserva el derecho de tomar las acciones legales que el caso ameritara.

A. RESPONSABILIDADES Y LIMITACIONES

Cláusula nueve: La Promoción no tiene costo alguno para los Participantes, sin embargo, el Participante deberá asumir los costos asociados con la mecánica promocional, tales como, pero sin limitarse a, acceso a internet, costo de llamadas telefónicas, así como traslados y transporte, en casos de resultar favorecido del Beneficio.

Los Participantes deberán necesariamente firmar el contrato de los servicios de Telecable Empresarial contratados dentro del tiempo establecido de la promoción en la cláusula cuatro de lo contrario, perderán automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Al  registrarse,  los  Participantes  liberan  de  responsabilidad  al  Organizador, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en la Promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, accionistas, representantes o agentes, por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de la aceptación, o posesión del Beneficio.

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera de todo tipo de responsabilidad al

Organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la Promoción, para hacer efectivo el Beneficio o para disfrutarlo y b) los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción y el Beneficio. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.

Cláusula diez: Suspensión de la Promoción. Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, el Organizador podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión, hecho que será informado por los mismos medios en los que se comunicó la Promoción.

El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.

Cláusula once: Relación entre las partes. Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las Partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las Partes en su totalidad.

Cláusula doce: Si el Participante al resultar ganador del Beneficio indicado y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia, no acepta el Beneficio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un Beneficio de consolación o canje en efectivo.

Cláusula trece: Uso de datos personales. El Organizador realiza la recopilación y el uso

de datos del Participante en la Promoción anteriormente indicada. Al obtener acceso, el

Participante manifiesta su consentimiento con el tratamiento de los datos necesarios para uso de la Promoción, y se hace constar que su información personal será mantenida en confidencialidad y que el Participante, está de acuerdo con el manejo de esta. En Telecable estamos comprometidos con la protección de sus datos personales, y en vela del derecho de los Usuarios a la autodeterminación informativa y en el ejercicio de sus derechos de la personalidad, reconoce el derecho a los usuarios a conocer el tratamiento de la información suministrada, por lo que si tiene alguna duda o desea ejercer los derechos  de  acceso,  rectificación,  cancelación,  oposición  o  revocación  del consentimiento por favor contacte al correo: datos@telecablecr.com. Telecable se compromete a ejecutar la solicitud del Participante dentro de la base de datos cuando así lo solicite, lo anterior en apego a la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales N°8968 vigente y sus reglamentos.

Para más información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo empresarial@telecablecr.com.

El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en la página web

www.telecablecr.com.

El presente reglamento regulará todos los aspectos relacionados con la promoción

denominada “PROMOCIÓN TELECABLE EMPRESARIAL”, auspiciada, organizada y

patrocinada por TELECABLE S.A., con cédula jurídica número 3-101-336262.

I. DEFINICIONES

ORGANIZADOR: Unidad de Negocios de Servicios Empresariales de TELECABLE S.A.,

con cédula jurídica número 3-101-336262.

PARTICIPANTE(S): Toda persona física (mayor de dieciocho (18) años, nacional o extranjero residente en la República de Costa Rica, que cuente con un documento de identificación válido y vigente) o jurídica. Los clientes nuevos, que anteriormente no cuentan con servicios de Telecable Empresarial, y que contraten durante la vigencia de la Promoción el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento. Los clientes actuales, que no cuenten con una orden de desconexión de alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios contratados, y que adicionalmente contraten durante la vigencia de la Promoción el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento.

PLAZO: Del PRIMERO (01) al TREINTA Y UNO (28) de MARZO del 2023.

BENEFICIO: Los Participantes que cumplan con los requisitos de la presente Promoción obtendrán el siguiente Beneficio:

Disfrutar de Cincuenta por ciento (50%) de descuento en la facturación total del servicio de enlace inalámbrico en redundancia pasiva, a partir de

la instalación de su servicio y durante el tiempo que conserve el servicio.

*La Promoción sólo aplica para las velocidades desde los 20 MB hasta los 100 MB.

PROMOCIÓN: La presente promoción, según las regulaciones aquí establecidas.

II. DESCRIPCIÓN GENERAL:

La PROMOCIÓN, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven, son propiedad exclusiva del ORGANIZADOR. Toda persona que desee participar en la PROMOCIÓN o reclamar algún BENEFICIO, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo del BENEFICIO, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer los términos, las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al BENEFICIO y la PROMOCIÓN. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el ORGANIZADOR entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de participar o reclamar el BENEFICIO, en cuyo caso, el ORGANIZADOR podrá exigir al interesado, que mediante documento escrito, manifieste dicha declaración y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el ORGANIZADOR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar un BENEFICIO. A los efectos aquí previstos, el reglamento estará disponible en la página web www.telecablecr.com

III. FORMA DE PARTICIPAR:

Durante el PLAZO, los PARTICIPANTES deberán:

  1. Obtener un resultado favorable en el estudio de factibilidad para el servicio deseado.
  1. Contratar el servicio empresarial de enlace inalámbrico en redundancia pasiva.

3. Pagar el precio regular correspondiente a la primera mensualidad del Servicio.

IV. REQUISITOS:

  1. Para participar en la promoción: Los participantes deberán necesariamente cumplir con los siguientes requisitos:
    1. Ser personas mayores de edad y que tengan su documento de identidad al día.
    2. No ser persona jurídica, empleado, ejecutivo o funcionario del ORGANIZADOR; o bien empleado, ejecutivo o funcionario de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta PROMOCION;  ni  pariente  hasta  primer  grado,  por  afinidad  o consanguinidad, de todos los anteriores.
    3. Ser cliente nuevo, sin contar anteriormente con servicios de Telecable Empresarial o bien ser cliente actual de los servicios de Telecable Empresarial sin contar con una orden de desconexión de alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios.
    4. Brindar información cierta y fidedigna a los representantes del ORGANIZADOR.
    5. Cumplir  con  cualquier  otro  requisito  que  indique  este Reglamento.
  1. Para reclamar los BENEFICIOS: Los ganadores además deberán:
    1. Presentar  el  original  de  su  documento  de  identidad  vigente  y válidamente emitido o aceptado por el Gobierno de Costa Rica.
    2. Realizar el proceso habitual de adquisición de Servicios de Telecable y firmar el contrato correspondiente.
    3. Si un favorecido no acepta el BENEFICIO o sus condiciones, este BENEFICIO se considerará renunciado y extinguido en relación al

favorecido, y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

(d) Si un BENEFICIO fuese rechazado o no pudiese ser tomado por el favorecido por las razones que sean, el ORGANIZADOR dispondrá del mismo en la forma que más le parezca.

VIII. CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

  1. La Promoción no tiene costo adicional para los Participantes.
  2. Si el Participante desea dar de baja el Servicios contratado, deberá gestionar y solicitar la cancelación del servicio contratado en las sucursales del Organizador o a través centro de atención del número telefónico 4080- 4080. En el caso de que la cancelación se realice dentro de los primeros tres

(3) meses del Servicio, el cliente podrá gestionarlo, sin embargo, perderá automáticamente  el  Beneficio  establecido  dentro  de  la  presente Promoción.

  1. El Organizador realiza la recopilación y el uso de datos del Participante en la Promoción anteriormente indicada. Al obtener acceso, el Participante manifiesta su consentimiento con el tratamiento de los datos necesarios para uso de la Promoción, y se hace constar que su información personal será mantenida en confidencialidad y que el Participante, está de acuerdo con el manejo de esta. En Telecable estamos comprometidos con la protección de sus datos personales, y en vela del derecho de los Usuarios a la autodeterminación informativa y en el ejercicio de sus derechos de la personalidad, reconoce el derecho a los usuarios a conocer el tratamiento de la información suministrada, por lo que si tiene alguna duda o desea ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o revocación  del  consentimiento  por  favor  contacte  al  correo: datos@telecablecr.com. Telecable se compromete a ejecutar la solicitud del Participante dentro de la base de datos cuando así lo solicite, lo anterior en apego a la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales N°8968 vigente y sus reglamentos.

EXCEPCIONES:

El BENEFICIO no será transferible ni podrá ser canjeado por dinero en efectivo, puesto que ninguno es negociable ni puede ser comercializado de ninguna forma. Adicionalmente el ORGANIZADOR se reserva el derecho irrestricto de no entregar el (los) BENEFICIO(S) o bien de suspender definitivamente –en cualquier tiempo– la PROMOCIÓN, sin ninguna responsabilidad, en los siguientes casos:

  1. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de cambiar la naturaleza y/o las características de los BENEFICIOS, previo aviso por medio de la página web www.telecablecr.com.
  2. Si los PARTICIPANTES ganadores no cumplen estrictamente con todas sus obligaciones según este reglamento;
  3. Si cualquiera de los ganadores, por causa directa o indirecta, cometieran cualquier tipo de acción que dañara la reputación del ORGANIZADOR sus representantes o agentes, sus marcas o bien sus relaciones públicas en el mercado;
  4. Si los favorecidos, por cualquier motivo no aceptan el BENEFICIO, caso en el cual éste se considerará, para todos los efectos legales, como renunciado, pudiendo el ORGANIZADOR disponer del BENEFICIO en la manera en que estime conveniente; y/o
  5. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de variar las fechas previstas, o el disfrute de los BENEFICIOS en caso de que las circunstancias así lo requieran, ante cualquier imprevisto o problema que se pudiera presentar, sea éste o no directamente atribuible al ORGANIZADOR. Asimismo, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar unilateralmente este reglamento en cualquier momento durante el plazo de la promoción para introducir todas aquellas  modificaciones  necesarias  para  la  buena  marcha  de  la PROMOCIÓN. Esta circunstancia se comunicará y publicitará en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la vigencia de

la regulación tácita o expresamente modificada cesará, y, la reforma al reglamento quedará vigente. Quienes hayan participado antes de la mencionada reforma, seguirán como PARTICIPANTES aún después de reformado el reglamento de la  PROMOCIÓN, siendo de  su entera responsabilidad el conocimiento y entendimiento de la reforma del presente reglamento y PROMOCIÓN.

IX. RESPONSABILIDAD

La responsabilidad del ORGANIZADOR, se limita únicamente a entregar el BENEFICIO a las personas que se identifiquen como beneficiadas. El ORGANIZADOR no será responsable bajo ningún concepto por lo siguiente:

  1. Por el uso y disposición que haga el ganador del BENEFICIO.
  2. En general, por todo lo que sea distinto al disfrute del BENEFICIO.

En cualquier caso, en cuanto a responsabilidades y restricciones aplicarán las siguientes regulaciones:

    1. En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase igual o parecida a “APLICAN RESTRICCIONES” o “VER REGLAMENTO EN: Facebook y la página web www.telecablecr.com, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia PROMOCIÓN y el BENEFICIO están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones, limitaciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
    2. La presente promoción se rige por este Reglamento, y, en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional.
    3. El ORGANIZADOR se reserva el derecho de determinar de acuerdo a sus intereses, así como de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos del presente Reglamento.
  1. Las pruebas que sustenten actos indebidos o incumplimientos, serán las que de acuerdo a los principios y leyes, sean las más comunes y/o permitidas por la legislación costarricense.
  2. Cualquier asunto que se presente con la PROMOCIÓN y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el ORGANIZADOR, en estricto apego a la legislación indicada.
  3. El ORGANIZADOR no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido para el disfrute del BENEFICIO.
  4. Cada favorecido deberá firmar conforme el recibo del BENEFICIO que le corresponda, aceptando todas las limitaciones y condiciones que el BENEFICIO represente y de tal forma liberará al ORGANIZADOR de toda responsabilidad. En el evento injustificado de haber aceptado el BENEFICIO, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo, el favorecido perderá su derecho al BENEFICIO. De esta circunstancia se podrá levantar un acta notarial.
  5. En caso de que la persona no se adhiera o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el ORGANIZADOR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la de entregar un BENEFICIO.
  6. Los posibles conflictos se deberán resolver ante la jurisdicción ordinaria.
  7. Los derechos a los BENEFICIOS en sí no son transferibles, ni negociables, ni pueden ser comerciados o canjeados de ninguna forma. Los BENEFICIOS serán entregados únicamente a cada uno de los favorecidos de esta PROMOCIÓN.
  8. El ORGANIZADOR suspenderá en forma inmediata la PROMOCIÓN, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses del PATROCINADOR o de la PROMOCIÓN.
  9. Igualmente el ORGANIZADOR podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan y aprovechen de la PROMOCIÓN, en perjuicio del resto de los PARTICIPANTES.
  1. El ORGANIZADOR podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la PROMOCIÓN, y suspenderá  en  forma  inmediata  esta  PROMOCIÓN  sin  asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones  o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor caso fortuito o hecho de un tercero que afecte gravemente los intereses  del  ORGANIZADOR.  Esta  circunstancia  se  comunicará públicamente, fecha a partir de la cual la PROMOCIÓN cesará.
  2. El ORGANIZADOR no se hará responsable por los gastos adicionales en que incurra el ganador, ni por los problemas que pudiese tener éste durante el disfrute del BENEFICIO. La responsabilidad del ORGANIZADOR culmina con la entrega del BENEFICIO.

Para más información o consultas sobre este Reglamento, los PARTICIPANTES podrán consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo

servicioalcliente@telecablecr.com.

Este Reglamento tiene como objetivo establecer los términos y condiciones de la Promoción denominada “Telecable Empresarial-Segundo Mes Gratis” que realizará la Unidad de Negocios de Servicios Empresariales de Telecable, S.A. (en adelante “Organizador” o “Telecable” indistintamente).

La Promoción se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes aceptan y se adhieren en su totalidad al Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Organizador en los términos establecidos en el presente Reglamento. Los Participantes aceptan someterse a las decisiones del Organizador con respecto a cualquier asunto relacionado con la Promoción que no estuviere expresamente regulada en el presente Reglamento.

El otorgamiento del Beneficio estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho discrecional de descalificar a cualquier Participante y/o exigir la devolución del Beneficio otorgado y/o abstenerse de entregar el Beneficio a aquel Participante que incumpla los términos y condiciones aquí establecidos.

A. GENERALIDADES

Cláusula uno: El Organizador del presente sorteo es la empresa Telecable, S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-336262. El Organizador es el único responsable de la Promoción ante cualquier Participante. Para cualquier aspecto relacionado con la presente Promoción los Participantes deberán comunicarse al correo electrónico servicioalcliente@telecablecr.com.

Cláusula dos: Para los efectos de la Promoción y este documento, el término “Reglamento” se refiere al presente documento.

Cláusula tres: Participantes y/o Beneficiarios. En esta Promoción podrán participar personas físicas y jurídicas, nacionales y residentes de la República de Costa Rica, mayores de edad, que cuenten con un documento de identificación válido y vigente

Podrán ser Participantes:

i.  Los clientes nuevos (que no cuenten con servicios de Telecable

Empresarial)

que contraten durante la vigencia de la Promoción el servicio promocional

establecido dentro del presente Reglamento.

ii.  Los clientes actuales (que no cuenten con una orden de desconexión de

alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios contratados o por solicitud propia) que contraten, durante la vigencia de la Promoción, de forma adicional el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento.

Por tanto, los Participantes para poder optar por el Beneficio, deberán cumplir cabalmente con todos los requisitos establecidos en los términos y condiciones establecidos en este Reglamento.

Los Participantes deberán brindar información veraz y exacta, así como garantizar que los datos que aportan al Organizador son veraces y suficientes para ser localizados. Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al Participante, así como cualquier información falsa brindada, implicará la descalificación del Participante.

Cualquier disputa entre el Participante con cualquier tercero en cuanto a la titularidad del Beneficio será un asunto ajeno al Organizador, independientemente del origen o causa. El Organizador se limitará a entregar el Beneficio al Participante ganador cuyos datos hayan sido proveídos al Organizador.

Todos los clientes del Organizador que tengan interés en participar en la Promoción deberán tener pleno conocimiento de este Reglamento, ya que en el mismo se estipulan las obligaciones, condiciones, forma, limitaciones y responsabilidades en cuanto al proceso, participación, notificación y retiro del Beneficio.

Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los ganadores leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente Reglamento, y que, al momento de obtener el Beneficio, el Organizador podrá respaldar la entrega del Beneficio(s), mediante un documento el cual deberá ser firmado por el Participante ganador donde a su vez se estipule que el ganador acepta las cláusulas del presente Reglamento, liberando al Organizador de toda responsabilidad. Si algún ganador no acepta firmar el documento anteriormente mencionado, el Organizador estará en todo su derecho de no entregar el Beneficio y el Organizador no asumirá ningún tipo de responsabilidad.

No podrán participar y no se considerarán Participantes, las siguientes personas:

  1. Personas Jurídicas, Empleados, Ejecutivos y funcionarios del Organizador.
  2. Empleados, Ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción.
  3. Los parientes hasta primer grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

Cláusula cuatro: Vigencia. Esta Promoción es por tiempo limitado iniciando el primero (1) de octubre y finalizando al treinta y uno (31) de octubre de 2022. La vigencia de la Promoción será publicada con la indicación *Promoción por tiempo limitado.

B. DINAMICA PROMOCIONAL

Cláusula cinco: La mecánica correspondiente al presente Reglamento consiste en cumplir con las condiciones de participación definidas en las cláusulas tercera y cuarta, además de:

  1. Contratar en calidad de cliente nuevo un servicio enlace de internet o un enlace de datos Empresarial de Telecable, por plazos iguales a 24 o 36 meses, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.
  2. Contratar en calidad de cliente actual un nuevo servicio enlace de internet o un enlace de datos Empresarial de Telecable, por plazos iguales o mayores a 24 o 36 meses, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.

En cualquiera de los casos arriba referidos, el Participante deberá:

  1. Obtener un resultado favorable en el estudio de factibilidad para el servicio

deseado.

  1. Gestionar el pago y cancelar la primera mensualidad.

C. BENEFICIO

Cláusula seis: Los Participantes que cumplan con los requisitos de la presente Promoción descritos en el apartado anterior obtendrán de forma automática el siguiente Beneficio:

Un cien por ciento (100%) de descuento en la segunda (2) facturación para los nuevos servicios contratados, a partir de la instalación de su servicio. Por lo que el segundo mes del servicio contrato será gratis y sin costo adicional.

Al finalizar el plazo de los dos (2) meses, se retomará de forma automática la facturación regular del costo del/los servicio(s) contratado(s), cuyo importe se agregará junto a la renta mensual de los servicios que ya tuviere contratados.

Si el Participante no desea contar con dicho Beneficio deberá gestionar y solicitar la

cancelación del servicio contratado llamando al centro de atención al número telefónico 4080-4080. En virtud de lo anterior, si el Participante desea dar de baja alguno de los servicios contratados antes del cumplimiento de los dos (2) meses, podrá gestionarlo, sin embargo, perderá automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Cláusula siete: La Promoción no tiene costo adicional para los Participantes, sin embargo, el Participante deberá asumir los costos asociados con la mecánica promocional tales como, pero sin limitarse acceso a internet, costo de llamadas telefónicas, así como traslados y transporte.

Cláusula ocho: Este Reglamento está disponible al público en la página web www.telecablecr.com. Cualquier evento que trascienda de la mecánica descrita en la cláusula quinta y no esté amparado bajo el presente Reglamento, será resuelto por el Organizador, bajo las leyes de la República de Costa Rica.

Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los ganadores leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente Reglamento, y que, al momento de recibir el Beneficio, el Organizador podrá respaldar la entrega del Beneficio(s), mediante un documento el cual deberá ser firmado por el Participante ganador donde a su vez se estipule que el ganador acepta las cláusulas del presente Reglamento, liberando al Organizador de toda responsabilidad.

Si se demuestra que una persona recibió el Beneficio por medio de engaño, dolo, negligencia o evento fraudulento similar, el Organizador se reserva el derecho de no entregar el Beneficio y se reserva el derecho de tomar las acciones legales que el caso ameritara.

A. RESPONSABILIDADES Y LIMITACIONES

Cláusula nueve: La Promoción no tiene costo alguno para los Participantes, sin embargo, el Participante deberá asumir los costos asociados con la mecánica promocional, tales como, pero sin limitarse a, acceso a internet, costo de llamadas telefónicas, así como traslados y transporte, en casos de resultar favorecido del Beneficio.

Los Participantes deberán necesariamente firmar el contrato de los servicios de Telecable Empresarial contratados dentro del tiempo establecido de la promoción en la cláusula cuatro de lo contrario, perderán automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Al registrarse, los Participantes liberan de responsabilidad al Organizador, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en la Promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, accionistas, representantes o agentes, por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de la aceptación, o posesión del Beneficio.

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera de todo tipo de responsabilidad al Organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la Promoción, para hacer efectivo el Beneficio o para disfrutarlo; b) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de la utilización y disfrute del Beneficio; y c) los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer efectiva la presente Promoción y el Beneficio. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.

Cláusula diez: Suspensión de la Promoción. Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, el Organizador podrá suspender total o parcialmente la Promoción, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión, hecho que será informado por los mismos medios en los que se comunicó la Promoción.

El Organizador no será responsable ante eventuales Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicha Promoción.

Cláusula once: Relación entre las partes. Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las Partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la compañía Organizadora. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las Partes en su totalidad.

Cláusula dieciséis: Si el Participante al resultar ganador del Beneficio indicado y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia, no acepta el Beneficio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un Beneficio de consolación o canje en efectivo.

Cláusula doce: Uso de datos personales. El Organizador realiza la recopilación y el uso de datos del Participante en la Promoción anteriormente indicada. Al obtener acceso, el Participante manifiesta su consentimiento con el tratamiento de los datos necesarios para uso de la Promoción, y se hace constar que su información personal será mantenida en confidencialidad y que el Participante, está de acuerdo con el manejo de esta. En Telecable estamos comprometidos con la protección de sus datos personales, y en vela del derecho de los Usuarios a la autodeterminación informativa y en el ejercicio de sus derechos de la personalidad, reconoce el derecho a los usuarios a conocer el tratamiento de la información suministrada, por lo que si tiene alguna duda o desea ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o revocación del consentimiento por favor contacte al correo: datos@telecablecr.com. Telecable se compromete a ejecutar la solicitud del Participante dentro de la base de datos cuando así lo solicite, lo anterior en apego a la Ley de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales N°8968 vigente y sus reglamentos.

Para más información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo servicioalcliente@telecablecr.com.

El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en la página

web www.telecablecr.com.

Este Reglamento, tiene como objetivo el establecer los términos y condiciones de la Promoción que realizará la Unidad de Negocios de Servicios Empresariales de Telecable, S.A. (en adelante “Organizador”).

La Promoción se regirá bajo las siguientes reglas, términos, restricciones y condiciones. Por el solo hecho de participar en la Promoción los Participantes (ver definición de Participante más adelante) aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Organizador.Los Participantes aceptan someterse a las decisiones respecto a la mecánica del Organizador referente a cualquier asunto relacionado con la Promoción.

El otorgamiento de El Beneficio (ver definición de Beneficio más adelante) estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. El Organizador se reserva el derecho de descalificar a cualquier Participante y/o exigir la devolución de El Beneficio otorgados y/o abstenerse de entregar El Beneficio a aquellos Participantes que incumplan los términos ycondiciones aquí establecidos.

A. GENERALIDADES

Cláusula Uno: El término “Organizador” definido en el presente Reglamento aplicará únicamente para Telecable S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-336262, por lo que cualquier referencia al Organizador será exclusiva para Telecable.

Cláusula Dos: Reglamento se refiere al presente documento y Promoción relacionado con los términos y condiciones aquí regulados mediante la dinámica comercial propuesta por Telecable con el fin de desarrollar acciones comerciales y fidelización de su marca Telecable con los clientes.

Cláusula Tres: Elegibilidad para participar. En esta Promoción podrán participar personas jurídicas domiciliadas en la República de Costa Rica. Podrán ser Participantes:

  1. Los clientes nuevos (que no cuenten con servicios de Telecable Empresarial) que contraten durante la vigencia de la Promoción el servicio promocional establecido dentro del presente Reglamento.
  1. Los clientes actuales (que no cuenten con una orden de desconexión de alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios

contratados).

Por tanto, los Participantes para poder optar por El Beneficio, deberán cumplir cabalmente con todos los requisitos establecidos en los términos y condiciones establecidos en este Reglamento (en adelante conocido como “Participante”).

Los Participantes deberán brindar información veraz y exacta, así como garantizar que los datos que aportan al Organizador son veraces y suficientes para ser localizados. Cualquier imprecisión que impida identificar o localizar al Participante, así como cualquier información falsa brindada, implicará la descalificación del Participante.

Cualquier disputa del Participante con cualquier tercero en cuanto a la titularidad del Beneficio será un asunto ajeno al Organizador, independientemente del origen o causa.

No podrán participar y no se considerarán Participantes, las siguientes personas:

  1. Personas Jurídicas, Empleados, Ejecutivos y funcionarios del Organizador.
  2. Empleados, Ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción.
  3. Los parientes hasta primer grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

Cláusula Cuatro: Esta promoción es por tiempo limitado, iniciando el 31 de agosto del 2022 y finalizando el 25 de septiembre del 2022 inclusive.

B. MECÁNICA PROMOCIONAL

Cláusula Cinco. Descripción General: La mecánica correspondiente al presente

Reglamento se realizará mediante la siguiente dinámica:

  1. Contratar en calidad de cliente nuevo un servicio enlace de internet o un enlace de datos Empresarial de Telecable, por plazos iguales o mayores a 24 meses, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.
  1. Contratar en calidad de cliente actual un servicio enlace de internet o un enlace de datos Empresarial de Telecable, por plazos iguales o mayores a 24 meses, dentro del tiempo establecido en la presente promoción.

En cualquiera de los casos arriba referidos, el Participante deberá:

  1. Obtener un resultado favorable en el estudio de factibilidad para el servicio deseado.

iv.  Gestionar el pago y cancelar la primera mensualidad, a la cual se le aplicará el precio

especial de la Promoción.

C. BENEFICIO

Cláusula Seis: Los Participantes que cumplan con los requisitos de la presente Promoción descritos

en el apartado anterior obtendrán de forma automática el siguiente Beneficio:

Un cincuenta por ciento (50%) de descuento en las dos (2) primeras facturaciones para los nuevos servicios contratados, a partir de la instalación de su servicio.

Al finalizar el plazo de los dos (2) meses, se retomará de forma automática la facturación regular del costo del/los servicio(s) contratado(s), cuyo importe se agregará junto a la renta mensual de los servicios que ya tuviere contratados.

Si el Participante no desea contar con dicho Beneficio deberá gestionar y solicitar la cancelación

del servicio contratado llamando al centro de atención al número telefónico 4080-4080. En virtud de lo anterior, si el Participante desea dar de baja alguno de los servicios contratados antes del cumplimiento de los dos (2) meses, podrá gestionarlo, sin embargo, perderá automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Cláusula Siete: La Promoción no tiene costo alguno para los Participantes, sin embargo, el Participante deberá asumir los costos asociados con la mecánica promocional tales como, pero sin limitarse acceso a internet, costo de llamadas telefónicas, así como traslados y transporte.

Cláusula Ocho: Todos los clientes del Organizador que tengan interés en participar en la Promoción deberán tener pleno conocimiento de este Reglamento, ya que en el mismo se estipulan las obligaciones, condiciones, forma, limitaciones y responsabilidades en cuanto al proceso y participación del Beneficio.

Cláusula Nueve: Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los beneficiarios leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente Reglamento y que al momento de disfrutar del Beneficio, el Organizador podrá respaldar, la entrega del mismo mediante un documento el cual deberá ser firmado por el Participante donde a su vez se estipule que acepta las cláusulas del presente Reglamento, liberando al Organizador de toda responsabilidad. Si no acepta firmar el

documento anteriormente mencionado, el Organizador estará en todo su derecho de no entregar el Beneficio.

D. CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

Cláusula Diez: Los Participantes deberán ser necesariamente clientes nuevos o actuales que cuenten con cualquier servicio de Telecable, y podrán ser beneficiarios siempre y cuando, no efectúen una orden de desconexión de alguno de los servicios por motivo de atraso en el pago de los servicios contratados o por solicitud expresa del mismo Participante.

Cláusula Once: Los Participantes deberán necesariamente contratar servicios de Telecable Empresarial por plazos iguales o mayores a 24 meses.

Cláusula Doce: Todos los clientes que tengan un interés en participar en la Promoción deberán tener pleno conocimiento de que la promoción está totalmente sujeta a el resultado del estudio de factibilidad para cada servicio.

Cláusula Trece: Los Participantes deberán necesariamente firmar el contrato de los servicios de Telecable Empresarial contratados dentro del tiempo establecido de la promoción en la cláusula cuatro de lo contrario, perderán automáticamente el beneficio establecido dentro de la presente Promoción.

Cláusula Catorce: Todos los clientes que tengan un interés en participar en la Promoción deberán tener pleno conocimiento del presente Reglamento, ya que en el mismo se estipulan las obligaciones, condiciones, forma, limitaciones y responsabilidades en cuanto al proceso, participación, notificación y retiro del otorgamiento del Beneficio.

Cláusula Quince: Para todos los efectos legales, el Organizador de la Promoción dará por un hecho que los beneficiados leyeron, entendieron, conocieron y aceptaron el presente reglamento. El Organizador se reserva el derecho de suspender la Promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable del Organizador. La alteración de documentos e información sobre los Participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulaciónno autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la Promoción y las acciones que a juicio del Organizador sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la Promoción o su Organizador podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.

E. RESPONSABILIDADYLIMITACIONES

Cláusula Dieciséis: La presente Promoción será válida y surtirá efectos únicamente dentro de la República de Costa Rica, por lo que cualquier evento que trascienda en la promoción y no esté amparado bajo el presente

Reglamento, será resuelto por el Organizador, bajo las leyes de la República de Costa Rica.

Cláusula Diecisiete: Este Reglamento está disponible al público en https://www.facebook.com/TelecableEmpresarialCR/ y en la página web https://telecableempresarial.com

Cláusula Dieciocho: El participante beneficiario será el único responsable por el uso y disfrute que le al Beneficio otorgado, liberando de todo tipo de responsabilidad por el uso y disfrute al Organizador. De esta misma manera, el beneficiario libera de responsabilidad al Organizador, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en la Promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, accionistas, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de la aceptación, retiro o posesión del beneficio, o bien por el hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber sido seleccionado como Beneficiario.

Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad al Organizador por:

  1. Gastos incurridos para participar en la Promoción, para hacer efectivo el beneficio o para

disfrutarlo.

  1. Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo,

al sitio de Internet o similares que alteren el desarrollo de la Promoción.

  1. Daños sufridos a la integridad o bienes de los beneficiarios o de terceros que se ocasionen

en virtud de la utilización y disfrute del Beneficio.

  1. Los gastos colaterales que implique para el Participante el realizar las diligencias para hacer

efectiva la presente Promoción y el Beneficio. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, ingreso a internet, preparación de documentos, copias, costo de transporte, entre otros.

Cláusula Diecinueve: Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, el Organizador podrá suspender total o parcialmente la Promoción sin que

esto le genere responsabilidad alguna por dicha suspensión, hecho que será informado por los mismos medios en los que se comunicó la Promoción.

Cláusula Veinte: La mecánica de esta Promoción, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de Telecable S.A.

Cláusula Veintiuno: Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la Promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente del Organizador. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad

Cláusula Veintidós: Bajo ninguna circunstancia se cambiará el Beneficio por dinero en efectivo o cualquier otro bien, beneficio o servicio.

Cláusula veintitrés: Si el Participante al resultar beneficiario de la Promoción y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia, no acepta el Beneficio, no podrá reclamar al Organizador suma indemnizatoria alguna o un beneficio de consolación o canje en efectivo.

Cláusula Veintitrés: Uso de datos personales: El Organizador realiza la recopilación y el uso de datos de la participación del Participante en la Promoción anteriormente indicada. Al obtener acceso el usuario manifiesta su consentimiento con el tratamiento de los datos necesarios para uso de la Promoción, y se hace constar que su información personal será mantenida en confidencialidad y que el Beneficiario, está de acuerdo con el manejo de la misma. Telecable S.A. está comprometidos con la protección de los datos personales, y en vela del derecho de los Usuarios a la autodeterminación informativa y en el ejercicio de sus derechos de la personalidad, reconoce el derecho a los usuarios a conocer el tratamiento de la informaciónsuministrada, por lo que si tiene alguna duda o desea ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o revocación del consentimiento por favor contacte al correo: datos@telecablecr.com. Telecable se compromete a ejecutar la solicitud del Clientedentro de la base de datos cuando así lo solicite, lo anterior en apego a la Ley de Protecciónde la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales N°8968 vigente y sus reglamentos.

Para más información o consultas sobre este reglamento, los Participantes podrán consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente al correo servicioalcliente@telecablecr.com. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en https://www.facebook.com/TelecableEmpresarialCR/ y en la página web

www.telecablecr.com/empresarial durante la vigencia de la presente

promoción.

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